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PERITOS TRADUCTORES Y VALUADORES OFICIALES

ESTRADA NAVARRO & ASOCIADOS® – CORREDURÍA PÚBLICA 31



Primero que nada cabe mencionar que cuando nuestros Peritos Traductores Oficiales – Abogados se encuentren traduciendo su texto legal, serán capaces de identificar inmediatamente alguna ambigüedad, omisión o error en el mismo en virtud de sus conocimientos jurídicos haciéndoselo saber a la brevedad posible como un servicio extra, por lo que sus textos legales no podrían estar en mejores manos.

Todos nuestros Peritos Traductores Oficiales – Abogados se encuentran un ciento por ciento capacitados para Ratificar sus traducciones legales ante cualquier Autoridad Gubernamental o Notario Público / Corredor Público y más específicamente ante Juzgados Penales o Agencias del Ministerio Público, ya que la Ley Penal establece que el Agente del Ministerio Público puede interrogar al Perito Traductor Oficial libremente y por lo tanto puede hacer que el mismo caiga en algún error o contradicción, ya que si se contrata a un simple Perito Traductor Oficial que solamente sea un lingüista seguramente no tendrá la menor idea de los problemas en que se podría o podría meter a su cliente si no sabe responder correctamente los cuestionamientos del Agente del Ministerio Público y si está en juego la libertad de una persona o inclusive su vida; seguramente que le será de mucha ayuda un Perito Traductor Oficial– Abogado, por esto antes de realizar cualquier Ratificación, en caso de ser necesario revisamos su expediente judicial o administrativo, platicamos previamente con el abogado de nuestro cliente y una vez que tengamos bien analizada la situación jurídica del asunto acudimos ante la Autoridad Judicial o Administrativa a Ratificar el documento traducido y responder los cuestionamientos del Agente del Ministerio Público siempre de la manera en que se nos haya indicado por nuestro cliente y en el sentido que lo favorezca. Inclusive si es necesario podemos inmediatamente pasar a hablar con el cliente que se encuentre internado en cualquier centro penitenciario, ya que poseemos Cédula de Licenciado en Derecho y solamente si se tiene dicha Cédula de Abogado se puede hablar de inmediato y sin esperar ningún turno.

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